El reglamento sobre los derechos de los ciudadanos con discapacidad en el transporte aéreo de la Unión Europea, que ya entró en vigor, obliga a las agencias de viajes, operadores turísticos y a las compañías aéreas a prestar servicio a todas las personas con discapacidad que quieran viajar por Europa. De esta forma, para todos los vuelos que despeguen de un aeropuerto de la Unión Europea, la nueva normativa prohíbe rechazar las reservas y el transporte de estos pasajeros, salvo por razones de seguridad plenamente justificadas y establecidas en la ley que impida que dichas personas viajen en el avión.La nueva normativa comunitaria considera "persona con discapacidad" aquella que por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad requiera la adaptación a sus necesidades del servicio puesto a disposición de los demás pasajeros.
Tecnología Adaptada para la Discapacidad Visual.